Proposiciones al Reglamento de Participación Ciudadana

Escrito por: Redacción

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ParticipacionLa Concejalía de Participación, Ciudadanía y Distritos inició el pasado 15 de abril el proceso participativo para la modificación del actual Reglamento Orgánico de las Juntas Municipales de Distrito y de la Participación Ciudadana. El proceso consiste en varias fases de las cuales la primera acaba de concluir el 15 de mayo con la recepción de las propuestas de todos los ciudadanos, asociaciones y entidades que hayan deseado participar.

Desde la Federación Comarcal de Asociaciones de Vecinos/as de Alcalá de Henares hemos presentado una serie de propuestas a este proceso apoyándonos en los reglamentos de otras ciudades españolas.

Antes de pasar a exponer nuestras propuestas hagamos un poco de historia.

Lucha por un verdadero reglamento

Por Decreto de Alcaldía de 23 de marzo de 2007 se establece la nueva división territorial de Alcalá en cinco distritos con sus correspondientes Juntas Municipales que actuaron de forma provisional  sin tener aún aprobado el Reglamento de Participación Ciudadana. Este se aprobaría dos años más tarde, con bastante polémica, en el Pleno Municipal de 21 de abril de 2009. Todas las alegaciones de mejora propuestas por la A.VV. El Val y la FCAVAH fueron rechazadas.

Los Plenos de las Juntas de Distrito arrancaron pues el 21 de enero de 2010 con un reglamento muy rígido y discriminatorio entre los mismos vocales. Por ejemplo, solo se permitía una moción mientras los partidos políticos presentaban cuatro y había vocales vecinos que solo tenían voz. A pesar de ello hicimos nuestros deberes presentando un total de 28 mociones en los 5 plenos celebrados en cada Distrito. Hartos de esta situación y a propuesta de la FCAVAH se aprobó una moción en todos los Plenos de Distrito del 14 de abril de 2011 para llevar a cabo una modificación en la estructura del Reglamento y más medios e implicación de los vecinos en la resolución de los problemas de los barrios. Conviene recordar que al mes siguiente el Partido Popular pierde su mayoría absoluta en las elecciones municipales.

«Todas las alegaciones de mejora propuestas por la A.VV. El Val y la FCAVAH fueron rechazadas«

Nuestra petición fue escuchada parcialmente y pudimos colaborar en su modificación (se admitieron 27 alegaciones de las 95 presentadas). Finalmente el Pleno Municipal de 20 de diciembre de 2011 aprobó una modificación del reglamento por consenso de todos los grupos políticos con la abstención de grupo mixto. A pesar de ello, transcurridos 5 años desde esta modificación, la mayoría de mociones aprobadas no se realizaban y los vecinos no participaban.

Conviene recordar el acto de protesta «Huelga de Mociones» del 30 de enero de 2014 protagonizado por la mayoría de vocales de todos los Distritos abandonando los Plenos y posterior concentración en la puerta del Ayuntamiento por la no ejecución de mociones aprobadas y por un Reglamento que de verdad descentralice las Juntas de Distrito y mejore la participación ciudadana.

A continuación exponemos algunas de nuestras alegaciones de 2011 y que NO fueron admitidas en el vigente Reglamento de Participación y de las Juntas Municipales de Distrito y que en esta nueva etapa volvemos a proponer para su consideración:

  1. Dividir el Reglamento en dos.
  • Un Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana en el Ayuntamiento
  • Un Reglamento Interno de funcionamiento de Distritos.
  1. Asambleas de Distrito
  2. Procesos Participativos – Talleres de debate.
  3. Agenda municipal de Participación
  4. Referéndum para temas de ciudad y distrito – Revocación de cargos electos.
  5. Espacios públicos de expresión y animación ciudadana. Paneles informativos en la ciudad.
  6. Espacio propio de las aa.vv. en la web municipal
  7. Rebajar al 5% (están en 10%) las firmas de vecinos para la Consulta Popular y Derecho de Iniciativa popular. Aun así ese 5% nos parece excesivo
  8. Supresión de la figura Defensor del Vecino. Se eliminó posteriormente en JGL 17-09-12 y en el Pleno del Ayuntamiento de 19 marzo 2013.
  9. Respecto a los vocales de las Juntas Municipales de Distrito, eliminar el requisito de que «para tomar posesión del cargo de vocal» se deberá presentar declaración de incompatibilidades y de intereses. Además eliminar la equiparación de los derechos e incompatibilidades de los vocales a los de un concejal electo del ayuntamiento.
  10. Cumplir el Art.242.2 del R.O. del Ayto. cuando la petición del vecino exceda ámbito municipal.
  11. Habilitar más formas de participación en los Plenos de Distrito, en los Plenos del Ayuntamiento, en sus Comisiones Informativas y otros órganos municipales.
  12. Regular las asociaciones declaradas de utilidad pública, registro y reconocimiento municipal.
  13. Reconocimiento de atribuciones especiales a las aa.vv. y su Federación por su histórica labor social, democrática y altruista en el difícil camino de la democracia y la participación vecinal en Alcalá para conseguir mejores barrios y aumentar la calidad de vida de los ciudadanos.

 Propuestas para el nuevo reglamento

En principio decir que cualquiera de los Reglamentos de Leganés, Rivas-Vaciamadrid o San Sebastián propuestos como ejemplo por el equipo de la Concejalía de Participación apuestan generalmente con mayor amplitud por la participación ciudadana que el vigente en nuestra ciudad y observamos que están mejor estructurados. Pero, dicho esto, debemos reconocer que, ni el mejor de los mejores cumplirá sus objetivos si no somos capaces de concienciar al ciudadano de que su uso es imprescindible para conseguir un mejor control de la Administración Local y una ciudad de la que nos sintamos orgullosos.

Por otra parte deberíamos conocer el alcance del «cambio en el modelo organizativo de las Juntas de Distrito a CONSEJOS DE BARRIO» de los puntos 49 y 184 contenido en el ACUERDO PROPUESTA DE CAMBIO elaborado por PSOE-SOMOS ALCALÁ.

«ni el mejor de los mejores cumplirá sus objetivos si no somos capaces de concienciar al ciudadano de que su uso es imprescindible para conseguir un mejor control de la Administración Local«

Queremos incidir en nuestra propuesta nº 1 (rechazada en 2011) de hacer 2 Reglamentos: uno Orgánico de Participación Ciudadana de Alcalá de Henares y otro Interno de funcionamiento de  las Juntas Municipales de Distrito (¿o Consejos de Barrio?). Igualmente y, como suponemos que habrá que modificar o crear un nuevo Reglamento Orgánico del Ayuntamiento de la ciudad, a no mucho tardar, adelantamos que estudien hacer también dos: Uno Orgánico del Gobierno y la Administración del Ayuntamiento y otro Orgánico de funcionamiento del Pleno del Ayuntamiento.

Dicho lo cual pasamos a establecer nuestras propuestas siguiendo el esquema propuesto  desde la Concejalía de Participación.

ASOCIACIONISMO

Descripción Norma  Reglamento de procedencia
Atribuciones especiales a las AA.VV. Título III Leganés
Apoyo económico a la Participación Título IV Leganés
Declaración de Utilidad Pública Título II Leganés
Declaración de Interés Público Municipal Capítulo III – Titulo IV Rivás-Vaciamadrid
 Censo de EE.CC Capítulo V – Titulo IV Rivas-Vaciamadrid
 Las Asociaciones Vecinales (atribuciones especiales) Titulo V – art.13 Torrejón
 Apoyo económico a la Participación Titulo VI – art.14-15 Torrejón

SERVICIOS MUNICIPALES DE INFORMACION

Además de los clásicos Servicio de Atención Ciudadana (telf. 010 y Sitio Web); Sondeos y Estudios de opinión o Encuestas de Calidad, señalamos de interés algunos puntos del Ayto. de Rivas:

Norma Descripción
Título II – Capítulo III Derecho a la Información (art. 8 a 13)
Título IV Mecanismos de apoyo y promoción del tejido asociativo y en concreto
Capítulo I – Art. 49 Disposiciones Generales
Capítulo V – art. 60-61 Colectivos, Plataformas, Coordinadoras Ciudadanas sin personalidad jurídica
Capítulo VI – art. 62 Servicio de apoyo y asesoramiento
Capitulo VII – art. 63 Espacios de encuentro
Capitulo VIII – art. 64 Sensibilización Social
Anexo III Tecnologías de la información y la comunicación para la Participación Ciudadana

Otros puntos

En relación a nuestra alegación nº 6 Espacios públicos de expresión y animación ciudadana rechazada en 2011 y por extensión,  proponemos además la modificación de los arts. 25.1 y 28 de la Ordenanza Municipal de Limpieza Viaria y Residuos Urbanos (BOCM 19 junio 2007), en orden a que la prohibición de colocación de carteles o anuncios en vía pública y el reparto de octavillas, folletos o similares no sea aplicable a las asociaciones de ciudadanos, fundaciones, partidos políticos, sindicatos y otras organizaciones sin ánimo de lucro ni ánimo publicitario comercial para informar y difundir sus actos en el ejercicio de su libertad de expresión y en coherencia con ello no se les obligue a recabar ninguna licencia.  (Ver Ordenanza Reguladora de la Publicidad Exterior del Ayuntamiento de Madrid)

CAUCES INSTITUCIONALES DE PARTICIPACIÓN

Ayuntamiento de Leganés

Norma  Descripción
Título VII Participación AA.VV – EE.CC en Pleno Ayto. y en Comisiones Informativas.
Título IX Iniciativa Popular (2.500 firmas)
Titulo X Referéndum de ciudad o Distrito. 10% población total con respaldo una EE.CC
Disposición final 3ª Participación AA.VV- EE.CC en órganos decisorios empresas Ayto
Disposición Final Participación AA.VV-EE.CC en Debate Estado del Municipio

Ayuntamiento de Rivas-Vaciamadrid

Norma Descripción
Capítulo V Audiencia Pública    0,7% firmas > 16 años población censada
Capítulo VI Iniciativa popular       10% firmas > 16 años
Capitulo II – Título III Asambleas de barrio
Capítulo IV -Título III Foros Cívicos  (órganos transversales de participación)

Ayuntamiento de San Sebastián

Procesos de Participación comunitaria en los Barrios (encuentros Ayto. y vecinos)

Talleres debate (politicos-tecnicos-vecinos-EE.CC)

Agenda municipal participación

Metodologías participativas

Presupuestos Participativos


Adicionalmente presentamos una propuesta para una mayor independencia de las asociaciones y entidades ciudadanas: Intervención en comisiones de Plenos y Plenos Municipales tal y como aparece en el Capitulo VIII, artículos 43, 44 y 45 del reglamento de participación ciudadana del Ayto. de Vitoria-Gasteiz. Habitualmente cuando una asociación o entidad ciudadana quiere presentar una moción al Pleno Municipal está obligado a presentarla a través de alguno de los grupos políticos municipales, bien enviando la propuesta a alguno de ellos o bien, como se suele hacer habitualmente, a todos los grupos y esperar a que uno de ellos decida presentar la moción en nombre de la asociación o entidad. Al añadir este punto en el reglamento garantiza que se puedan presentar mociones en los Plenos Municipales sin depender de los grupos políticos y, por tanto, manteniendo la independencia que caracteriza a las asociaciones vecinales y otras entidades ciudadanas.

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